Equipos de Protección individual
El Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, define los Equipos de Protección Individual como cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador, durante el ejercicio de su trabajo.
En conclusión, un Equipo de Protección Individual debe ser llevado para que proteja al trabajador de los riesgos que puedan amenazar su seguridad o su salud. Además tienen esta consideración cualquier complemento o accesorio destinado a protegerlo.
En definitiva, se excluyen de esta definición:
En PI Enginyeria, Prevenció i Energia elaboramos planes de prevención de riesgos laborales para empresas. Le ayudamos a aumentar el bienestar y la productividad en su negocio.
Le ofrecemos asesoramiento en medidas de prevención y control de seguridad, investigación de accidentes, planes de emergencia, soluciones preventivas adaptadas, diseño de Puestos de trabajo, además de otros servicios relacionados.
Cumplir con las normativas ambientales no es una opción, sino una necesidad para cualquier empresa…
Si estás pensando en abrir un negocio o ampliar tu actividad actual, uno de los…
En PI Enginyeria te ayudamos para que tu negocio empiece con garantías, tanto si montas…
Ampliar un negocio siempre es una buena noticia. Significa que has crecido, que estás funcionando…
Solicitar una licencia de actividad es el primer paso para poner en marcha tu negocio de…